Enero de 2019
Gracias por adquirir nuestros productos, cuyos pagos se hacen a través de la plataforma operativa segura ePayco, según vinculación con DATO JURIDICO ASESOR SAS.
1. GENERALIDADES:
a. PARTES: Se tendrán como partes para el siguiente contrato las siguientes: DATO JURÍDICO ASESOR SAS, NIT. 901124148-2, Sociedad comercial, legalmente constituida, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá Colombia.
b. USUARIO COMPRADOR del producto, que queda registrado en la respectiva compra como adquirente. Si la persona que realiza el pago no es el comprador, se entiende que éste actúa por cuenta y riesgo de aquél.
c. OBJETO: El propósito de este contrato es regular los términos y condiciones bajo los cuales se hace la compra en línea y los pagos que el comprador realiza por la plataforma ePayco .
d. ePayco actuará como facilitador y plataforma operativa para el traspaso de los dineros entre EL CPOMPRADO Y EL VENDEDOR, en tanto no es parte del negocio jurídico de compraventa. Sin embargo, las transacciones están sujetas a su aprobación, según vinculación que tiene del vendedor.
e. El comprador declara que reconoce el estado del producto, de acuerdo las especificaciones que se describen del mismo, y es de su absoluta libertad su adquisición por este medio.
f. La venta de los productos se sujeta a las reglas del Estatuto del Consumidor Colombiano, Ley 1480 de 2011.
g. En caso de no recibir el producto tiene derecho a su reposición, o en su defecto a la devolución del dinero, si se solicita dentro de la oportunidad prevista en la Ley 1480 de 2011; previa verificación del vendedor.
h. Es de absoluta responsabilidad del comprador suministrar información real, para la entrega de productos: identidad, dirección, y forma de pago lícita.
i. Dato Jurídico Asesor, no se hace responsable de usos fraudulentos por parte de los usuarios o compradores de productos. De destetarse anomalías al respecto se pondrán en conocimiento de la autoridad penal correspondiente.
j. Las controversias que llegasen a surgir, con ocasión del contrato de compraventa, será resuelta por un amigable componedor designado por ambas partes. Si no se llega a un acuerdo para su designación, las partes quedan en libertad de acudir a la justicia ordinaria.